Guía · CFDI
Complemento de pago y facturas PPD: cuándo es obligatorio
El complemento de recepción de pagos (REP) es el CFDI que acredita que una factura emitida como PPD ya se cobró. Sin él, la operación queda incompleta ante el SAT y la deducción del IVA se vuelve discutible.
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PUE vs. PPD: la decisión que origina todo
Al timbrar una factura eliges el método de pago. PUE (pago en una sola exhibición) aplica cuando la operación se liquida antes de que se presente la declaración del periodo. PPD (pago en parcialidades o diferido) aplica cuando se cobrará después o en varias exhibiciones.
Toda factura PPD obliga a emitir un complemento de pago por cada cobro recibido. Ahí está el problema operativo: la factura la emite ventas y el cobro lo registra tesorería, así que el complemento se olvida.
Reglas clave del complemento de pago
- Se emite a más tardar el quinto día natural del mes siguiente a aquel en que se recibió el pago.
- Se emite uno por cada pago recibido; puede amparar varias facturas del mismo receptor.
- El CFDI de pago va con tipo de comprobante 'P', importe cero y su propio complemento con el detalle.
- Debe indicar forma de pago real, fecha del pago, moneda, tipo de cambio y los UUID relacionados.
- Si la operación se pagó completa antes de la declaración, corresponde PUE y no lleva complemento.
- Un error en la forma de pago (por ejemplo, usar 99 'por definir' en PUE) obliga a cancelar y reexpedir.
Por qué es un riesgo real y no un detalle administrativo
Del lado de las facturas recibidas, un gasto amparado con un CFDI PPD sin complemento es un gasto que el SAT puede rechazar: el IVA no se considera efectivamente pagado y el acreditamiento se cae. Del lado de las emitidas, la omisión es una infracción y deja tu contabilidad descuadrada frente a lo declarado.
bFiskur® cruza tus CFDIs emitidos y recibidos contra los complementos existentes y te muestra la lista exacta de comprobantes PPD sin REP, con antigüedad, importe y el IVA en riesgo, para que reclames al proveedor o emitas antes del cierre.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se emite el complemento de pago?
A más tardar el quinto día natural del mes siguiente al que recibiste el pago, por cada pago recibido de una factura PPD.
¿Es deducible un gasto sin complemento de pago?
Se vuelve cuestionable. El SAT puede rechazar la deducción y el acreditamiento del IVA porque no hay evidencia fiscal de que el pago se realizó. Lo correcto es exigir el complemento al proveedor.
¿A qué facturas se les hace complemento de pago?
Solo a las emitidas con método de pago PPD. Las PUE no lo requieren, siempre que efectivamente se hayan liquidado en una sola exhibición.
¿Cómo detecto todas mis PPD sin complemento?
Descargando el universo de CFDIs del SAT y cruzándolo con los comprobantes tipo 'P'. bFiskur® lo hace en automático todos los días y lo reporta como hallazgo del periodo.
